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06
NOV
2017

FLASH INFORMATIVO

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INFORMACIÓN ECONÓMICA

Informe sobre el Anteproyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Esta modificación tiene por objeto la transposición al ordenamiento jurídico español de una Directiva comunitaria de 2015 relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados. El plazo de transposición de la Directiva finaliza el 1 de enero de 2018, por lo que el Consejo de Ministros ha aprobado también la tramitación urgente de este Anteproyecto de Ley para cumplir con el citado plazo.

El número de deudores concursados alcanza la cifra de 975 en el tercer trimestre de 2017, lo que supone una disminución del 12,4% respecto al mismo periodo del año anterior, según el INE. Por tipo de concurso, 922 son voluntarios (un 12,3% menos que en el tercer trimestre de 2016) y 53 necesarios (un 14,5% menos). El número de empresas concursadas disminuye un 16,1% en el tercer trimestre de 2017 respecto al mismo periodo del año pasado. El 21,4% de las empresas concursadas tienen como actividad económica principal el Comercio, el 16,1% la Construcción y el 15,4% la Industria y energía.

Los jueces perfilan a golpe de sentencias el futuro modelo de contratación laboral. La equiparación del despido de los trabajadores interinos y temporales, en la Administración y en la empresa privada, con la indemnización de los empleados fijos se va imponiendo en los juzgados. El último pronunciamiento judicial a favor de los empleados interinos discriminados durante décadas ha venido del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). La sentencia ha llamado la atención de los juristas al ser una de las más claras en la aplicación de la doctrina de equiparación de interinos y temporales con fijos de la justicia europea. Los magistrados del TSJC conceden a un empleado de una empresa de ambulancias una indemnización de 20 días de sueldo por año de trabajo con un tope de 12 mensualidades por la extinción de un contrato de sustitución de una trabajadora embarazada.

Una sentencia del TS rechaza la vía de apremio antes de resolver una solicitud de suspensión. El Alto Tribunal, en una sentencia que unifica doctrina, da la razón a un contribuyente a quien Hacienda le reclamaba algo más de un millón de euros por IRPF por un acta de inspección en el IRPF. El contribuyente presentó una solicitud de suspensión cautelar del pago de la deuda dentro del período voluntario y la Administración la inadmitió. Sin embargo, la inadmisión se produjo con posterioridad a que Hacienda dictara la providencia de apremio. Es decir, no se entra a valorar si la decisión de Hacienda estaba o no justificada, sino que se señala que no es posible que se inicie la vía ejecutiva antes de haber dado respuesta a la solicitud de suspensión.

El Gobierno quiere revisar a la baja la retribución a las renovables, del 7,39% al 4%. Incertidumbre entre los agentes porque se hará vía orden ministerial. Preocupación (otra vez) en las renovables. Primero, por la intención del Gobierno de revisar a la baja la rentabilidad razonable (en el 7,39%) de los parques eólicos o fotovoltaicos a lo largo de su vida útil (20 años), una vez concluido, en diciembre de 2019, el periodo regulatorio de seis años que establece la Ley del Sector Eléctrico. Y segundo, por su deseo de modificarlo mediante una orden ministerial en vez de por el Congreso, tal y como establece la norma si se decide una corrección y no su prórroga.

Las empresas vascas tendrán que modificar las nóminas del próximo mes de enero de sus trabajadores para ajustarlas a la nueva tabla de retenciones acordada por las tres Haciendas forales, que se deflacta en un 1,5% para adaptarla a la evolución reciente de los precios en la comunidad autónoma. Esta modificación de las retenciones está en línea con la actualización de los tramos de la tarifa del IRPF en ese porcentaje, también acordada por las Diputaciones forales.

 

SECTORES BANCARIO Y BURSÁTIL

Remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario. La norma abarata las comisiones de cancelación anticipada de los préstamos a tipo variable hasta eliminarlas a partir de los cinco años de vigencia del contrato. La conversión de tipo variable a fijo no pagará comisión a partir del tercer año y se rebajarán los gastos de aranceles y notaría. Durante los siete días previos a la firma del contrato, el hipotecado deberá ser informado de su contenido y de la existencia de cláusulas potencialmente abusivas u opacas. Para que se pueda iniciar la ejecución de un préstamo hipotecario, deben haberse producido nueve impagos mensuales o del 2 por 100 del capital concedido, durante la primera mitad de la vida del préstamo.

Un mercado secundario de participaciones inmobiliarias no existe en España. Inveslar, especializada en inversión por ‘crowdfunding’, desarrolla un ‘marketplace’ para dar liquidez a la transacción de propiedades. Iveslar es la primera empresa española que pondrá en el entorno de la propiedad una lonja de títulos. «Estamos a punto de lanzar el ‘marketplace’, donde se podrán realizar las operaciones. No hará falta que se venda el activo colateral (el piso) que respalda la inversión para recuperar la inversión inicial eso se podrá hacer en ese mercado. Habrá orden de compra y de venta (como en la bolsa): un usuario podrá comprar y otros vender», explica el consejero delegado.

El bitcoin será el «sustituto digital» del oro, pese a su elevada volatilidad actual, ya que permite operar en tiempo real sin necesidad de intermediarios y «con total seguridad», lo que hará ahorrar a los ciudadanos, según afirman los expertos. Aunque el reciente interés por invertir en criptodivisas es «puramente especulativo», las monedas virtuales tienen un futuro «brillante» por la tecnología en la que se basan, la cadena de bloques o blockchain, que «va a cambiar el mundo».

La gran banca española (Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia y Sabadell) cobró en comisiones a sus clientes durante el periodo enero-septiembre del presente ejercicio un total de 15.760,5 millones de euros. Según datos de los balances de la banca recogidos por Servimedia, este importe supone un incremento del 11,6%.

 

EMPRESA

Primark se está cobrando ya sus primeras víctimas en España. La cadena de bajo coste irlandesa, que aterrizó en el mercado nacional en mayo de 2006 con la apertura de su primer establecimiento en el centro comercial Plenilunio, en Madrid, ha registrado desde entonces un crecimiento imparable. Y lo ha hecho a costa, fundamentalmente de otras grandes firmas: la sueca H&M y la alemana C&A. Aunque los ejercicios no coinciden exactamente, Primark facturó en el último año un total de 1.368,9 millones de euros en España, lo que supone el doble que H&M. Su facturación se elevó un 17,2% respecto a 2016, cuando creció ya otro 20,2%.

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